La instrucción Actio pastoralis advertía: «No se considere ninguna misa como acción exclusiva de un grupo particular, sino como celebración de la Iglesia, en la cual el sacerdote, desempeñando su propia función, preside toda la acción sagrada como ministro de la misma Iglesia» (n. 5b). Esto apunta a si las comunidades tienen derecho a cerrar sus asambleas eucarísticas, cuestión que el ECN resuelve estableciendo taxativamente que la Eucaristía dominical estará «abierta también a otros fieles».
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Es abuso litúrgico que un laico parta el pan consagrado |
Mucho antes de la aprobación del primer estatuto experimental, en la diócesis de Huelva, el obispo Rafael González Moralejo, en Instrucción pastoral de 6 de abril de 1993 sobre las comunidades neocatecumenales en las parroquias de la diócesis, les paró los pies y dispuso que «siempre que el párroco preside un acto litúrgico en su parroquia, este acto es de toda la Iglesia. Por tanto, debe estar abierto a la participación de todos los fieles, especialmente si se trata de la Eucaristía. En ningún caso se ha de celebrar con las puertas del templo cerradas» (Boletín Oficial del Obispado de Huelva 38 [1993], n. 301, 111). cf. item can. 1221 CIC.
En cuanto a las particularidades litúrgicas, la Actio pastoralis establecía que «además de una monición inicial, el celebrante puede introducir brevemente a la liturgia de la palabra antes de las lecturas y a la liturgia eucarística antes del prefacio» (n. 6c). Cabría entenderse que la monición inicial o ambiental podía ser hecha por un fiel, pero quedaba claro que una vez que se incorpora el sacerdote a la liturgia eucarística, él es quien puede hacer otras eventuales moniciones.
Para solventar el problema, el artículo 13.4 ECN dispone que «la celebración de la Eucaristía la prepara (...), bajo la guía del presbítero, un grupo de la comunidad neocatecumenal, por turno, que prepara breves moniciones a las lecturas». En la primera versión ad experimentum, decía que la guía del presbítero era opcional, cuando se pudiere, pero para la aprobación definitiva esa guía se vuelve requisito indispensable. Es decir, el ECN no deja que los laicos preparen moniciones a su bola, que es la praxis real del CNC, sino que establece y obliga a que estas reciban la guía del presbítero, que es algo que jamás se ha hecho en el Camino.
No es ninguna novedad que el CNC pisotee su propio estatuto. Uno muy sensible solo lo quería como tapadera, no para cumplirlo.
El que las lecturas fueran leídas por laicos (hombres o mujeres) venía ya contemplado por la Actio pastoralis (n. 6f), así como el canto sagrado (n. 8). También se preveía que a las intenciones generales (por la Iglesia, por el mundo, por los necesitados y por la asamblea reunida -no por las comunidades neocatecumenales, como a menudo se hace, promoviendo un sentido de movimiento-), los participantes añadieran alguna intención especial preparada de antemano (n. 6h).
Como en el caso de las moniciones sin guía del presbítero, el artículo 13 ECN no ofrece cobertura jurídica para la praxis de que tales peticiones sean espontáneas.
La Actio pastoralis imponía que «el pan para la Eucaristía deberá ser el pan ázimo que es el único admitido por la Iglesia latina; y será confeccionado de la misma forma que se acostumbra a usar en las demás misas» (n. l0d). Fue la declaración de la Congregación para el Culto Divino de 1988 la que suprimió para el Camino la exigencia de confección ordinaria, con la consecuencia de que pudiera usarse -desde entonces, no antes de 1988- una torta de pan en vez de hostias, siempre que fuera pan ácimo (cf. nota 52).
Otra novedad de la declaración de 1988 fue la comunión bajo las dos especies con carácter habitual y sin necesidad de que concurran ocasiones especiales. Y en tercer lugar, con carácter experimental, se permitió el traslado del rito de la paz al momento siguiente a la plegaria universal.
Por último, el ECN ad experimentum aportaba por primera, última y única vez una autorización de la praxis de los «ecos» (nota 52). Pues bien, esa autorización desaparece en el ECN definitivo. Más claro: los ecos no están autorizados, ni pocos ni muchos, ni largos ni cortos, sencillamente tras el experimentum la Iglesia dispuso que no hubiese ecos.
La respuesta de la Congregación para el Culto Divino continúa vigente, porque se limita a recordar lo prescrito en el canon 846.1 CIC, y tan solo añade que se deben observar «también con cuidado todo lo prescrito en las rúbricas» de los libros litúrgicos. Tales libros deben observarse fielmente sin añadir, suprimir ni cambiar nada.
Tal preocupación no era ociosa pues durante mucho tiempo fue praxis litúrgica del Camino omitir el Domine, non sum dignus, el Agnus Dei quitollis peccata mundi, el Credo para las comunidades que no habían hecho la Redditio, el Gloria fuera de tiempo pascual o navideño, a veces el Orate fratres o el acto penitencial inicial.
En suma, uno muy sensible hacía de la misa lo que quería, en contra de la lógica y de la Liturgia de la Iglesia. Y además presumía de ello. Kiko achacó la injustificable supresión del Gloría a que algunos neocatecúmenos abandonaban la práctica de la Eucaristía por no encontrarse en disposición espiritual de hacer suyo este canto de alabanza y acción de gracias (cf. Convivencia con los obispos de América, Santo Domingo 1992). Y ya que la Iglesia se niega a corregir la Liturgia, él la corrige por su cuenta, que para eso a sensible no le gana nadie.
Otra cuestión que se plantea en las eucaristías del Camino, de orden no meramente litúrgico sino incluso canónico, es el del ministro de la comunión. Son ministros ordinarios los obispos, presbíteros y diáconos (can. 910.1). Si no se encuentran en la iglesia ministros ordinarios (incluso no concelebrantes) o están impedidos de algún modo, pueden actuar los ministros extraordinarios (respuesta de 20 de febrero de 1988 de la Comisión Pontificia para la Interpretación del Código).
Pero nada avala la praxis de que, para dignificar la presidencia del sacerdote, no administre la comunión, sino que lo hagan laicos que no son ministros extraordinarios de la comunión ni pueden serlo porque (can. 910.2 CIC) ni han recibido el ministerio del acolitado (cf. cáns. 230.1 y 1035.1) ni han sido delegados por el obispo diocesano para realizar esta tarea de manera estable, temporal u ocasional (cf. can. 230.3).
El sacerdote que preside la eucaristía solo puede conceder la autorización ocasional en casos excepcionales e imprevistos. Es decir, si se prevé que todos los sábados el número de comulgantes va a ser excesivo para el sacerdote celebrante (y otros posibles ministros ordinarios), entonces no está legitimado para encargar a los responsables de las comunidades u otros miembros cualesquiera que repartan la comunión, sino que debe gestionar ante el obispo el nombramiento de ministros extraordinarios, que habrán de sujetarse a los requisitos formativos o de otra índole previstos en la legislación diocesana.
En cuanto a las eucaristías de días festivos no dominicales, al no venir expresamente citadas en el artículo 13 ECN, cabe preguntarse si son posibles. Si se mira la praxis del Camino, se descubre que no ha habido interés por celebrar en comunidad más que las eucaristías de los domingos (los sábados por la tarde). Con el tiempo, se fueron incorporando algunos otros días festivos, como la solemnidad de la Inmaculada Concepción o de Santa María Madre de Dios (para que el cambio de año civil pille a los jóvenes en comunidad).
No está claro si tales eucaristías están legitimadas por el ECN, pero me inclino a pensar que la opción es o solo las dominicales como Pascua semanal o bien todas las festivas, sin consentirse la apariencia de un calendario litúrgico propio del CNC, donde se celebraran ciertos días de precepto y otros no.
Debería ser obvio que en la formación gradual de los neocatecúmenos debe figurar el cumplimiento del precepto en todos los días a que canónicamente haya lugar, dentro o fuera de la comunidad. Y que ese cumplimiento no debe venir impedido, dificultado u oscurecido por la realización de celebraciones o actos del Camino en tales días o sus vísperas.
Debería. Pero algunos solo ven lo que Kiko les dice que han de ver.